La visa de Schengen se concede bajo la forma de etiqueta engomada puesta en un pasaporte, un documento de viaje u otro documento válido que dé derecho al sostenedor para cruzar la frontera. La posesión de una visa de Schengen no confiere el derecho de la entrada automática. La entrada será concedida solamente si las otras condiciones colocadas por la convención de Schengen se cumplen, es decir la justificación del propósito y de las condiciones del viaje y la posesión de suficientes fondos.
Visa de Corta-permanencia Schengen
La Visa de Corta-permaniencia es la más común. Da derecho a viajeros, de entrar en los territorios de los 15 estados de Schengen para hacer una visita continua o varias visitas, la duración no excede tres meses (90 días) a partir de la fecha de la primera entrada en el área de Schengen. La Visa de Corta-permanencia se publica para una o varia entradas.
- visa de una sola entrada permite una estancia ininterrumpida cuya duración no exceda el número de días indicados en la visa, 90 días que son el máximo de los días que pueden ser concedidos. En el ejemplo abajo, la duración de la estancia autorizada por la visa es 30 días. Un período de tolerancia de 15 días de validez de la visa se agrega normalmente al número de días de estancia autorizada, si el deseo del sostenedor de la visa pospone su salida.
- visa de entrada-múltiple permite varias estancias en el territorio de un o varios estados de la Comunidad Schengen, a condición de que la longitud total de las visitas no exceda 90 días a partir de la fecha de la primera entrada. La estancia puede ser continua o extender por varios períodos dentro de la validez de la visa. La visa de entrada múltiple puede ser válida por un año, y en algunos casos, para más que un año, con un máximo de cinco años, para los viajeros que proporcionan suficientes garantías. Se conoce como visa del recorrido.























